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Definición
de Conglomerados Financieros |
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“Cualquier
grupo de compañías bajo un control común y cuyas
actividades exclusivas o predominantes consistan en la
prestación de servicios significativos en al menos dos
sectores financieros diferentes (banca, valores, seguros,
fondos de inversión, fondos previsionales).” |
Acuerdo
de los sindicatos bancarios
A
un año del Encuentro
de Florianópolis de las Centrales Sindicales del Cono Sur
(diciembre de 2000), se presenta este 2° ejemplar. Si bien
no hubo importantes acciones para solicitar a los gobiernos
que fijen requisitos comunes para controlar los conglomerados
financieros, como:
::
Simetría en los requerimientos de información;
::
Metodología de inspecciones estandarizadas;
::
Planes de cuentas que permitan analizar las operaciones
intragrupos; y
::
Requisitos de capital a nivel del conglomerado.
Tampoco
han aparecido propuestas de los Bancos Centrales ni del Comité de
Basilea.
Las
apreciaciones del Mirador 1 en cuanto a:
>
La pérdida de poder de los estados nacionales ante los
movimientos de los capitales.
>
A
excepción de la ortodoxia neoliberal, existe la creencia en la
necesidad de regular los flujos financieros para atenuar los
perjuicios que acarrean a la economía y las sociedades.
>
En
parte la estabilidad de los sistemas financieros, depende de la
regulación de la concentración del capital financiero y del
nuevo rol de los organismos supervisores;
>
Las
sociedades no solo
precisan que funcionen bien los mercados, ellas precisan de políticas
sociales que mejoren las condiciones de vida de sus ciudadanos y
que preserven sus libertades.
>
La
importancia del Sub.Grupo de Trabajo (SGT - 4, Asuntos Financieros
del Mercosur), que permite asistir a los sindicatos y participar
en la discusión.
En
el número anterior se ponía
de manifiesto las posiciones predominantes que vienen asumiendo
los conglomerados financieros en América Latina.
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