fbpx Subsidio por enfermedad en bancos privados | AEBU

Subsidio por enfermedad en bancos privados

Tiempo de lectura
1 minuto
Leido hasta ahora

Subsidio por enfermedad en bancos privados

Publicado en:

Con la entrada en vigencia de la ley de reforma de Caja Bancaria el 01/12/23, se aplicará un nuevo régimen de subsidio por enfermedad en los bancos privados.

La aprobación del proyecto de ley de reforma de Caja Bancaria entrará en vigencia este viernes 01/12/23, con lo que se inicia un nuevo marco legal para otorgar estabilidad a nuestro instituto.

Como parte del proceso de discusión y negociación que llevó a su elaboración, se incluyeron dos aspectos planteados por las empresas y el Gobierno, lo que fuera considerado y aprobado en asambleas del sector de los bancos privados. (Ver convenio).

El acuerdo incluye cambios en el sistema de subsidio por enfermedad de los trabajadores y trabajadoras de bancos privados y entidades gremiales afiliadas a Caja Bancaria.

De esta manera, en la ley 20.208 aprobada en el Parlamento, se incorpora en forma legal al sector financiero privado al régimen de subsidio por enfermedad que brinda el BPS, con el alcance y en los términos y condiciones previstos por el Decreto-Ley 14.407 y modificativas.

Dicha cobertura —equiparada a la del conjunto de los trabajadores—será complementada por parte de las empresas de acuerdo a los siguientes términos:

1.- Los trabajadores dispondrán de nueve días por año civil, de licencia remunerada por el cien por ciento del salario habitual. El trabajador deberá presentar el correspondiente certificado médico expedido por su prestador de salud.

Por los días de inasistencia que superen los nueve días, percibirá un complemento hasta alcanzar el cien por ciento del salario base. En los casos previstos en el artículo 18 de la ley 20.075 el trabajador percibirá el 100% del salario habitual.

2.- Deberá realizarse una Junta Médica luego de un período de 180 días de inasistencias del trabajador por enfermedad a los efectos de determinar si el trabajador puede acceder al subsidio transitorio por incapacidad parcial o a la jubilación por incapacidad total.

El trabajador tendrá derecho a retornar a su puesto de trabajo en caso de que no pueda acceder a ninguna prestación de seguridad social o en caso de agotamiento del término máximo de las prestaciones de seguridad social transitorias.

Como resultado de la ley aprobada, la Caja Bancaria asume la gestión del sistema de registro y compensación del subsidio, tal como se realiza actualmente para las empresas financieras no bancarias, incorporadas en 2008.